En los últimos dÍ­as, el Superior Tribunal de Justicia desestimó un último recurso presentado por la defensa de la comuna de MacachÍ­n, ante una demanda contencioso administrativo presentado en 2022 por la empresa Brigestone, cuando el entonces intendente Jorge Cabak logró que el Concejo le aprobada una tasa que gravaba el almacenamiento y reciclaje de neumáticos. Preocupa a la actual gestión que conduce MartÍ­n Mujica, porque también tienen demandas pendientes por la misma razón, las empresas Fate y Pirelli, entre otras.

En 2022, el abogado macachinense Juan Eduardo Ravinale, en calidad de apoderado de Bridgestone SAIC promovió demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de MacachÍ­n, reclamando la nulidad de las Resoluciones 1244/2022 y 1245/2022, con las que Cabak promulgó las ordenanzas 745/21 y 767/21, que confirmaron la “tasa de Almacenamiento, Traslado y Reciclado de Neumáticos Fuera de Uso”. Y presentó las liquidaciones reclamadas a ésa firma Nº 00004842-001, por 242.40 pesos; y la   Nº 00005006-001 por 1.912.000 pesos.

Ravinale planteó que “dichos actos administrativos vulneran el principio de legalidad (art. 19, CN), el derecho de propiedad (art. 17, CN y art. 8 Constitución Provincial), afectan la garantÍ­a del debido proceso y el ejercicio de defensa de su poderdante (art. 18 CN y art. 29 Constitución Provincial). Y que ésa comuna carece de competencia para legislar sobre la responsabilidad extendida del productor/fabricante de neumáticos, e instituirlo en sujeto pasivo de una tasa municipal, por lo que ambas ordenanzas  son ilegÍ­timas o inconstitucionales, además de no existir contraprestación del servicio que legitime su cobro”.

El municipio de MacachÍ­n defendió la legitimidad de las ordenanzas asegurando que ha observado la normativa vigente y  las obligaciones que imponen las leyes a los gobernantes. Que no ha legislado sobre responsabilidad extendida sino que utiliza el concepto de la legislación nacional y de la doctrina para determinar el sujeto pasivo de un tributo, que emerge del principio polÍ­tico que procura  promover mejoras ambientales para ciclos completos de los productos, extendiendo las responsabilidades de los fabricantes al ciclo total”.

Fallo.

El tema llegó al Superior Tribunal de Justicia, donde el 1 de julio pasado, se reunió la Sala C integrada por su presidente, doctor José Roberto Sappa, y por su vocal, doctor Eduardo Fernández MendÍ­a, y dictó sentencia en los autos caratulados: "Brigestone Argentina SAIC contra Municipalidad de MacachÍ­n s/ demanda contencioso administrativa”, expediente nº 163981.

Los magistrados coincidieron en “hacer lugar a la demanda contencioso administrativa interpuesta por Bridgestone Argentina SAIC contra la Municipalidad de MacachÍ­n, y declarar la ilegitimidad de las Ordenanzas Nºs. 745/21 y 767/22 del Concejo Deliberante de la Municipalidad de MacachÍ­n, y la nulidad de las Resoluciones 1244/22 y 1245/22 y de las Liquidaciones Nº 00004842-001 y Nº 00005006-001”.

Además dispuso “imponer las costas a la Municipalidad de MacachÍ­n  (artÍ­culos 69 y 70, CPCA)”. Y “por su actuación profesional, regular los honorarios profesionales del doctor Juan Eduardo Ravinale, apoderado, en 15  UHON (unidades de medida de honorarios) y del doctor Domingo Rondina, apoderado, con el patrocinio letrado de la doctora Ivana Olivetti y del doctor Pablo Campo (ex secretario de Gobierno de la gestión Cabak), en forma conjunta, en 10,5 UHON (artÍ­culos. 12, incisos b), c), d) y e); 57, punto 2, inciso a), –última parte– y punto 3, Ley de Aranceles y Honorarios)”.

Hoy el Concejo Deliberante de MacachÍ­n tiene dentro de su Orden del DÍ­a un informe relacionado con los juicios que enfrenta la comuna que envió el intendente MartÍ­n Mujica. AllÍ­ se conocerán más precisiones de esta y las otras demandas judiciales que “heredaron de la gestión” de Jorge Luis Cabak.

La Arena

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